Los riesgos de las “mulas” al portar encomiendas de terceras personas (+video)
La Aduana General de la República de Cuba da a conocer que toda persona natural, en su condición de pasajero, no está autorizada a transportar consigo encomiendas para otras personas naturales o jurídicas.
Así lo establece la resolución 24 del año 2007 en su artículo 11, donde se aclara que solo se aceptan encomiendas que son despachadas conforme a la legislación vigente.
De acuerdo a la información que publica la entidad en su sitio web, cualquier viajero que sea portador de una encomienda, asume la responsabilidad administrativa o penal derivadas del incumplimiento de esta regulación.
Transportar paquetes de terceras personas puede derivar en sanciones, ya que estos envíos pueden ser utilizados para:
1.- Traslado y enmascaramiento de sustancias y artículos empleados en el terrorismo.
2.- Operaciones de narcotráfico y contrabando de mercancías, que puedan poner en riesgo la seguridad, la salud humana y el medio ambiente.
Maydel Tarré Calá, jefa de asuntos legales de la Aduana Aeroportuaria de la terminal aérea José Martí, dijo a la Televisión Cubana que se procederá al decomiso de artículos o mercancías que constituyan infracción de acuerdo a la legislación vigente.
De acuerdo al reporte del periodista Lázaro Manuel Alonso, del Sistema Informativo de la Televisión Cubana, muchos de estos artículos vienen enmascarados en juguetes, en cerámicas y baterías de linternas, entre otros artículos o efectos personales.
Luego de cierta normalización o relajación de la política migratoria cubana, los cubanos pueden salir de la isla sin la concesión de permisos.
Los que se dedican a este trasiego se conocen dentro y fuera de la Isla como “Mulas” porque su objetivo es trasladar en su equipaje estas encomiendas o encargos.
Los que se aventuran a importar paquetes de terceras personas, corren el riesgo de ser procesados como participantes e incluso autores de contrabando o tráfico de drogas.
* Escrito por Kike Perdomo, kikeperdomo@gmail.com

